Bienes raíces

Como y donde reclamar los defectos de una vivienda nueva

Para evitar que el consumidor se encuentre indefenso, las asociaciones de consumo y las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) ofrecen la posibilidad de presentar reclamaciones. En el caso del comprador de vivienda, puede encontrar irregularidades en el momento de la compra, y que pueden referirse a incumplimientos del contrato, la no coincidencia con lo indicado en la memoria de calidades… Una vez comprado el piso, también es posible que encontremos defectos en nuestra vivienda.

En estos casos, se debe acudir a una de estas asociaciones o una OMIC, donde se presentará una reclamación. El comprador puede instar judicialmente la resolución del contrato o reclamar su cumplimiento o reparación, con indemnización en ambos casos, de los daños y perjuicios que haya sufrido. Todo esto está recogido en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Aquí están resumidos los pasos a seguir.

El motivo de la reclamación.

Si existen defectos de construcción o vicios ocultos en la vivienda, o si se incumplen las normas técnicas de la construcción, las normas de separación mínima, las normas básicas de edificación, o la memoria de calidades, el comprador dispone de seis meses desde la fecha de entrega de la vivienda, para presentar reclamaciones por los defectos detectados. Si la vivienda es de protección oficial, este plazo es de cinco años desde la calificación definitiva.

En caso de que los defectos sean de construcción, debemos contar con el respaldo de un dictamen pericial que asegure la presencia de esos defectos. El comprador de la vivienda dispone de un plazo de diez años para reclamar judicialmente, plazo que puede ampliarse hasta quince años si los defectos fueran consecuencia de una falta por parte del contratista a las condiciones estipuladas en el contrato de ejecución.

Llegar a un acuerdo.

Cuando el consumidor se presenta ante la asociación u OMIC correspondiente, lo primero que se le solicita es la documentación. Lo más importante es el contrato de compraventa, donde deben reflejarse los derechos y obligaciones de cada parte. La asociación se encarga de informar al socio de sus derechos, y, si éste está de acuerdo, firma una hoja de reclamación, y la asociación queda encargada de su representación.

Analizando la documentación presentada por el consumidor, la asociación estudia si la reclamación tiene viabilidad, en cuyo caso comienzan a contactar con la otra parte. Es importante que en este primer momento se haga lo posible por llegar a un acuerdo extrajudicial. En caso de que se consiga este acuerdo y el consumidor obtenga una compensación, o aquello que solicitaba en la reclamación, el proceso termina aquí.

La vía judicial.

Si además de incumplimientos o irregularidades, el problema que se ha detectado en la vivienda incumple la normativa en materia de consumo, estamos ante un hecho sancionable. En estos casos, se denuncia a la Administración (generalmente, las direcciones de consumo), donde, estudiando la documentación, se determina si los hechos denunciados son ciertos, y se actúa en consecuencia.

Las sanciones administrativas por las infracciones en materia de consumo son impuestas sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que se puedan dar. Por este motivo, son independientes de la indemnización que, si corresponde, se dará al comprador por daños y perjuicios.

Bienes raíces

Manual rápido para saber si un bróker hipotecario es fiable

Los brokers hipotecarios son cada vez más populares en España, especialmente por su capacidad de conseguir que los bancos financien más del 80% del valor de la vivienda que se pretende adquirir. Aún hay gente, sin embargo, que prefiere no contratar sus servicios, pues no se fían del todo de estos profesionales.

Por este motivo, el comparador bancario HelpMyCash.com ha elaborado un sencillo manual que permite saber si un intermediario financiero es seguro o no, así como si trabaja de manera totalmente independiente o si, por el contrario, está vinculado a una o más entidades bancarias.

Tiene que darte sus datos de registro

En primer lugar, un bróker 100% fiable nos proporcionará, antes de contratar sus servicios, la información sobre su propio negocio. Por ley, esta debe contener la identidad y el domicilio social del intermediario, así como el nombre del registro en el que está inscrito, su número registral y los métodos que podemos usar para comprobar que, efectivamente, esa inscripción existe.

En principio, los brókeres que operan en toda España tienen que inscribirse en el registro de intermediarios gestionado por el Banco de España, mientras que los que solo lo hacen en una Comunidad Autónoma deben hacerlo en el registro de la propia región. Además, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social gestiona también un registro estatal de intermediarios financieros.

No debería cobrarte por adelantado

En segundo lugar, un intermediario serio jamás nos cobrará nada por adelantado. Aunque no es una obligación legal, un bróker fiable tan solo nos exigirá que paguemos sus honorarios después de firmar el préstamo hipotecario; no antes. Por lo tanto, si alguien nos pide dinero antes de encontrarnos una hipoteca (excluyendo el precio de la tasación), lo aconsejable es no contratar sus servicios.

Además, los brókeres hipotecarios están obligados a presentarnos sus tarifas “con antelación suficiente a la prestación” de sus servicios, según la Ley 5/2019. Sus honorarios no están regulados, pero generalmente constan de una comisión de entre el 2% y el 5% sobre el importe de la hipoteca obtenida, a abonar tras su contratación.

Los intermediarios, además, nos tienen que decir si cobran (y cuánto) algún tipo de comisión de los bancos con los que colaboran. Y en caso de que trabajen exclusivamente para una o varias entidades financieras, “no podrán percibir retribución alguna de sus clientes”, tal y como reza la ley 2/2009.

Tiene que decirte si es independiente o no

Para terminar, si el intermediario está vinculado a uno o más bancos o trabaja exclusivamente para ellos, no nos lo puede esconder. Es más, nos tiene que facilitar sus nombres y, como hemos dicho antes, cuánto le pagan por operación. En caso de que no se conozca ese importe de antemano, nos lo tiene que decir cuando nos encuentre la hipoteca.

Asimismo, desde HelpMyCash destacan que los brókeres que sean independientes, entendiendo por tales los que no mantengan vínculos contractuales con ninguna entidad financiera, están obligados a presentarnos un mínimo de tres ofertas vinculantes que se adapten a nuestro perfil; seleccionadas de entre las que hayan encontrado dentro del mercado.